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Cómo contratar Seguros Náuticos

Para barcos, veleros, motoras, llaúds, etc...

En WEBER Técnica Correduría de Seguros,SL también somos marineros, tenemos el título de Patrones de Embarcación de Recreo, y conocemos la Ley, y es por ello que antes de contratar un seguro, recomendamos tener algunos aspectos muy claros antes de contratar un seguro.

El seguro de embarcaciones de Recreo, Barcos, Veleros, motoras, y Llaúds  lo engloban las compañías de seguros dentro del ramo de Transportes, y lo comercializan muchas de ellas, aunque con una falta de especialización y conocimiento increíble, por lo que recomendamos siempre que se contrate a través de un Corredor de Seguros especializado, lo cual no lleva ningún incremento en su póliza. 

El sector náutico ha experimentado en los últimos 12 años un crecimiento espectacular, hasta tal punto que mediante el Real Decreto 607/1999 se aprobó la nueva Ley por la que se rige el Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción Obligatoria para Embarcaciones de Recreo.

Por todo ello recomendamos, lo siguiente:

1-Cuando contrate un seguro a Terceros, no olvide incluir la Defensa y Reclamación de Daños, ya que en caso de siniestro y de ser usted el perjudicado, la cía. de seguros podrá reclamar al contrario los Daños ocasionados, incluidos gastos de abogados, procuradores, médicos, traductores, y adelanto de indemnizaciones hasta 12.020,24€. 

Contrate la Garantía de Ocupantes, en su formato básico le ofrece un mínimo capital de  6.000 € para Fallecimiento ó Invalidéz, e incluye la Asistencia Médico Farmacéutica, y los Gastos de Sepelio; en su formato máximo le ofrece un capital tope de 60.000 € para Fallecimiento ó Invalidéz, Asistencia Médico Farmacéutica, y Gastos de Sepelio.

Tampoco olvide contratar la Asistencia Náutica en el Mar, ya que en caso de necesidad le cubre en el agua el remolcaje ó reparación "in situ" , la asistencia técnica en el mar, los gastos de cerrajero en caso de pérdida de llaves, la vigilancia de la embarcación, y fuera del agua, el remolcaje del vehículo tractor y el remolque con la embarcación hasta el puerto base, etc. Tenga en cuenta que el coste particular de un salvamento  puede ser muy elevado.

 

2-Cuando contrate un seguro a Todo Riesgo, tenga en cuenta lo siguiente:

Puede asegurar su embarcación a Condiciones Generales, ó a Condiciones Inglesas, las cuales en caso de siniestro total otorgan mayor cobertura, como por ejemplo a causa de la caída de un Rayo, Rotura de un eje, ó la explosión de la caldera.
 
Debe asegurar  su embarcación a su Valor real de mercado, y para ello puede escoger el  Valor Nuevo (Valor de adquisición), el Valor Venal (Valor en el mercado de la embarcación), ó el Valor Pactado (Valor que el cliente da a su embarcación excepto en los casos de infraseguro manifiesto); así en caso de siniestro no tendrá depreciación, ni aplicación de reglas proporcionales en la liquidación del siniestro.
 

En caso de participar con su velero ocasionalmente en regatas, recuerdo incluir en su póliza, la cobertura de regatas costeras, conlleva un incremento del 30% en la cobertura de Daños.

Si va a navegar fuera del litoral español, recuerde ampliar la zona de navegación a aguas europeas del Mar Mediterráneo (incremento 8%),  ó a aguas del Mar Mediterráneo (incremento 20%).

 
 

Otras Coberturas Opcionales:

  • Peligro de Contaminación, es decir la pérdida ó Daño de la embarcación causado por una Autoridad Legal y competente,
    que actúe con poderes para prevenir ó atenuar un peligro de contaminación.
  • Accidentes del Patrón, hasta 18.000€ para Muerte ó Invalidéz, 1800€ para Asistencia Médico-Farmacéutica, y 3.000€ para gastos de Sepelio.
  • Remoción de Restos, cuando se contrate Pérdida Total, a requerimiento exclusivo de la Autoridad de Marina, y a consecuencia de un siniestro asegurado con un límite de 6.000€.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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